El patrimonio de Castilla y León

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lunes, 5 de septiembre de 2011

Mutismo sobre Siega Verde

LA CONSEJERA DE CULTURA NO RESPONDE A LA DECLARACIÓN DE ESPACIO CULTURAL
Martín Benito preguntó directamente a la Consejera de Cultura por el acuerdo de las Cortes que obliga a la declaración

La Junta de Castilla y León seguirá incumpliendo el acuerdo de las Cortes de Castilla y León de 23 de noviembre de 2009 sobre la declaración de Espacio Cultural para el yacimiento de arte rupestre de “Siega Verde” (Salamanca). Así se desprende del mutismo de la nueva Consejera de Cultura y Turismo en su comparecencia del pasado 31 de agosto en las Cortes autonómicas.
Alicia García, que comparecía en el parlamento autonómico para explicar su programa de gobierno para los próximos cuatro años, no respondió a la pregunta directa del portavoz de Cultura y Turismo del grupo socialista, el procurador José Ignacio Martín Benito. Y este lo hizo en dos ocasiones, tanto en su primera como en su segunda intervención.
El procurador expuso a la Consejera de Cultura la necesidad de contar con una Ley de Espacios Culturales y, en este marco, incluyó la pregunta sobre “Siega Verde”. La Consejera solo se limitó a dar datos de visitas para no responder a la cuestión planteada.
El mutismo de la Consejera parece confirmar que la Junta no está por la labor de declarar Espacio Cultural al yacimiento de arte paleolítico del Agueda, que, en cambio sí está declarado como Patrimonio Mundial por la UNESCO.
Recuerda Martín Benito que esta actitud choca frontalmente con el acuerdo alcanzado por la Comisión de Cultura de las Cortes el pasado 23 de noviembre de 2009, a una PNL del grupo socialista. La Comisión dictaminó: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que, en el marco de las acciones realizadas para la inclusión en la lista de Patrimonio Mundial de la Estación de Arte Rupestre de Siega Verde (Salamanca), en los términos municipales de Villar de la Yegua, Villar de Argañán y Castillejo de Martín Viejo, como ampliación del yacimiento de Foz Côa (Portugal), se lleve a cabo en el momento más oportuno la declaración de Siega Verde como Espacio Cultural de Castilla y León, como consta en el expediente de candidatura a Patrimonio Mundial".

La Junta ya se pronunció este año sobre la cuestión, en una respuesta escrita al procurador socialista (12 enero 2011), al considerar que “la declaración de Siega Verde como Espacio Cultural no añadiría nada a la protección del sitio, pues ya es la máxima otorgada a nivel nacional e internacional, ni mejoraría su atención y gestión, que ya se viene realizando de forma satisfactoria con la colaboración de los ayuntamientos afectados, el grupo de acción local ADECOCIR y el IGESTAR portugués”.
Sin embargo, la Junta sí ha declarado Espacio Cultural a los yacimientos de Atapuerca (Burgos) y Las Médulas (El Bierzo, León), que también gozan de la declaración de Patrimonio Mundial. Esto lleva al procurador a afirmar que “con esta actitud la Junta está discriminando a la comarca de Ciudad Rodrigo”. Martín Benito, que esperaba otra actitud de la Junta con el cambio de nueva Consejera, no ha podido esconder su decepción: “Cambian las personas, pero no las políticas ni sus desacertadas decisiones”, afirmó.


Los espacios culturales
El concepto de Espacio Cultural es una figura que va destinada a algunos bienes inmuebles ya protegidos con la declaración de Bien de Interés Cultural. La aplicación de esta cualificación va dirigida a aquellos bienes más excelentes de la Comunidad.
La figura de Espacios Culturales viene recogida en el artículo 74 de la Ley de Patrimonio de Castilla y León:
1. La Junta de Castilla y León podrá declarar como espacios culturales aquellos inmuebles declarados Bienes de Interés Cultural que, por sus especiales valores culturales y naturales, requieran para su gestión y difusión una atención preferente.
2. La declaración de un espacio cultural tendrá como finalidad la difusión de sus valores y fomentar las actividades que posibiliten el desarrollo sostenible de la zona afectada.
3. La declaración de un espacio cultural obligará a la aprobación de un plan de adecuación y usos que determine las medidas de conservación, mantenimiento, uso y programa de actuaciones. Para el desarrollo de las previsiones del plan, éste deberá prever la constitución de un órgano gestor responsable del cumplimiento de las normas de esta Ley.
4. En la declaración de un espacio cultural se tendrá en cuenta lo establecido en los apartados 1 y 2 de los artículos 9, 11.1 y 12 de la presente Ley.

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